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Nacionalidad

La nacionalidad es un vínculo jurídico que une a una persona con un Estado, dada esta relación el individuo adquiere una serie de derechos y obligaciones. La nacionalidad es reconocida como un derecho fundamental que tiene toda persona, dotándole de un status jurídico.

Ahora bien, la nacionalidad española se le puede conceder a un extranjero, esto dentro del marco del marco de su normativa, de unos supuestos específicos y el cumplimiento de cada uno de los requisitos.

En ese sentido, existen distintas formas de acceder a una nacionalidad española, sin embargo, es necesario que te asesores adecuadamente para que tu solicitud tenga éxito.
En Servei Integral GCR & Associats S.L. te ayudamos a realizar el trámite de manera sencilla, sólo tienes que contactarnos y sacar una cita.

TE AYUDAMOS A GESTIONAR

NACIONALIDAD POR RESIDENCIA

Este tipo de nacionalidad se otorga a los ciudadanos extranjeros que cumplen con determinados requisitos, entre los que están:

Residencia en España, la cual debe ser legal, continuada por un periodo determinado e inmediatamente anterior a la petición.

Cumplimiento de buena conducta cívica e integración.

Los periodos a cumplir son:

Diez años: plazo general.

Cinco años: personas que hayan obtenido la condición de Refugiado

Dos años: para los nacionales de países iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial, Portugal o personas de origen sefardí.

Un año:

a) El Nacido en territorio español.

b) El que no ejerció debidamente su derecho a adquirir la nacionalidad española por opción.

c) El que haya estado sujeto legalmente a la tutela, guarda o acogimiento de un ciudadano o institución españoles durante dos años consecutivos, incluso si continuare en esta situación en el momento de la solicitud.

d) El que, en el momento de la solicitud, lleve un año Casado con un español o española y no esté separado legalmente, o de hecho.

e) El viudo o viuda de española o español, si en el momento de la muerte del cónyuge no estaban separados, de hecho, o judicialmente.

f) El nacido fuera de España de padre o madre, abuelo o abuela, siempre que todos ellos originariamente hubieran sido españoles.

OTROS SERVICIOS

Recurso Contencioso Administrativo

Se aplica cuando tu Solicitud de Nacionalidad no ha sido resuelta y llevas un año o más esperando su resolución.

Nacionalidad por Opción

Pueden optar a la nacionalidad española quienes estén sujetos a la patria potestad de un español, aquellas personas cuyo padre o madre hubiera sido español y nacido en España y los adoptados mayores de dieciocho años. Es un procedimiento que se tramita ante los Registros Civiles. La persona interesada debe acreditar documentalmente su relación de parentesco con el ciudadano/a español.

Nacionalidad por Simple Presunción

Se otorga a los nacidos en España de Padres extranjeros, si ambos carecen de Nacionalidad (Apátridas), o si la Legislación de ninguno de ellos atribuye al hijo una Nacionalidad. En este caso puede realizarse un Expediente en el Registro Civil de su domicilio para declarar la Nacionalidad Española con valor de simple presunción.
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